Según el artículo 5.1.b) de la Ley 53/1984, ¿cuándo no puede compatibilizarse el puesto con la condición de miembro de una Corporación local?

  1. Cuando se desempeñe un cargo retribuido con dedicación exclusiva.Respuesta correcta
  2. BCuando el municipio tenga más de 20.000 habitantes.
  3. CCuando se ostente la condición de concejal de la oposición.
  4. DCuando el cargo conlleve la percepción de dietas por asistencia.

Explicación

El artículo 5.1.b) permite compatibilizar con la condición de miembro de las Corporaciones locales «salvo que desempeñen en las mismas cargos retribuidos en régimen de dedicación exclusiva».

Referencia: Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades, art. 5.1.b.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Capítulo III - Actividades públicas». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 5 de Ley 53/1984. Es la pregunta 11 de 29 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «Cuando se desempeñe un cargo retribuido con dedicación exclusiva.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 5
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 11 de 29
Última revisión

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