Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: BásicaTemario

Según el artículo 37.4 de la Ley 6/2006, ¿qué no podrá hacer la Presidencia en funciones?

  1. AFacilitar el traspaso de poderes al nuevo Consejo de Gobierno.
  2. Designar o separar a las personas titulares de las Vicepresidencias o Consejerías.Respuesta correcta
  3. CFirmar decretos del Consejo relativos al despacho ordinario de asuntos.
  4. DDespachar los asuntos ordinarios de su competencia como Presidencia.

Explicación

El artículo 37.4.a) prohíbe designar o separar Vicepresidencias o Consejerías.

Referencia: Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, artículo 37.

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