Según el artículo 37.1.a) del TREBEP, es objeto de negociación la aplicación del incremento de las retribuciones que se establezca en:
- AEl acuerdo de la Conferencia Sectorial de Administración Pública.
- BEl convenio colectivo único del personal laboral de cada Administración.
- CLas relaciones de puestos de trabajo de cada Administración.
- La Ley de Presupuestos Generales del Estado y de las comunidades autónomas.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 37.1.a) se refiere a «la aplicación del incremento de las retribuciones del personal al servicio de las Administraciones Públicas que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y de las comunidades autónomas».
Referencia: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, art. 37.1.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título III - Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos / Capítulo IV - Derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional. Derecho de reunión». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 37 de Real Decreto Legislativo 5/2015. Es la pregunta 42 de 100 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción D: «La Ley de Presupuestos Generales del Estado y de las comunidades autónomas.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Función Pública
- Artículo o apartado
- Artículo 37 - Materias objeto de negociación
- Dificultad
- Media
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 42 de 100
- Última revisión
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