Según el artículo 31.1, la Comisión Andaluza de Valoración de Documentos es:

  1. AUn órgano unipersonal adscrito a la dirección general.
  2. BUn órgano consultivo del Parlamento de Andalucía.
  3. Un órgano colegiado de carácter técnico y de participación.Respuesta correcta
  4. DUna entidad instrumental con personalidad jurídica.

Explicación

El artículo 31.1, en la redacción dada por la Ley 1/2014, define la Comisión Andaluza de Valoración de Documentos como un órgano colegiado de carácter técnico y de participación.

Referencia: Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía, art. 31.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Archivos», dentro del tema «Título II - Los archivos y el Sistema Archivístico de Andalucía». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 31 de Ley 7/2011. Es la pregunta 14 de 74 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «Un órgano colegiado de carácter técnico y de participación.».

Materia
Archivos
Artículo o apartado
Artículo 31 - Comisión Andaluza de Valoración de Documentos
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 14 de 74
Última revisión

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