Estatuto de Autonomía de AndalucíaDificultad: MediaBanco de preguntas

Según el artículo 30 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, los andaluces y andaluzas tienen el derecho a participar en condiciones de igualdad en los asuntos públicos de Andalucía, directamente o por medio de representantes, en los términos que establezcan la Constitución, este Estatuto y las leyes. Este derecho comprende: (indica la incorrecta)

  1. AEl derecho a elegir a los miembros de los órganos representativos de la Comunidad Autónoma y a concurrir como candidato a los mismos.
  2. El derecho de petición individual y colectiva, ya sea de manera verbal o por escrito, en la forma y con los efectos que determine la ley.Respuesta correcta
  3. CEl derecho a promover la convocatoria de consultas populares por la Junta de Andalucía o por los Ayuntamientos, en los términos que establezcan las leyes.
  4. DEl derecho a participar activamente en la vida pública andaluza para lo cual se establecerán los mecanismos necesarios de información, comunicación y recepción de propuestas.

Explicación

La opción incorrecta es la B, ya que el artículo 30.1.d) reconoce el derecho de petición individual y colectiva únicamente por escrito, en la forma y con los efectos que determine la ley.

Referencia: Artículo 30. Participación política. Ref.: #5085

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