Según el artículo 289.3 de la Ley 9/2017, el canon o participación a favor de la Administración concedente:
- Lo abona el concesionario si así lo establece el pliego.Respuesta correcta
- BLo abona la Administración al concesionario anualmente.
- CLo abonan los usuarios junto con la tarifa del servicio.
- DEs obligatorio en todas las concesiones de servicios.
Explicación
El artículo 289.3 dispone que, si así lo hubiera establecido el pliego, el concesionario abonará a la Administración concedente un canon o participación en la forma y condiciones previstas.
Referencia: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, art. 289.3.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «LIBRO SEGUNDO - De los contratos de las Administraciones Públicas / TÍTULO II - De los distintos tipos de contratos de las Administraciones Públicas / CAPÍTULO III - Del contrato de concesión de servicios / Sección 3.ª Ejecución del contrato de concesión de servicios». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 289 de Ley 9/2017. Es la pregunta 5 de 5 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «Lo abona el concesionario si así lo establece el pliego.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Contratos
- Artículo o apartado
- Artículo 289 - Prestaciones económicas
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 5 de 5
- Última revisión
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