Según el artículo 282.3 del TFUE, ¿a quién corresponde en exclusiva autorizar la emisión del euro?

  1. AAl Consejo de Asuntos Económicos y Financieros.
  2. BA la Comisión Europea.
  3. CA los bancos centrales nacionales del Eurosistema.
  4. Al Banco Central Europeo.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 282.3 TFUE establece que el Banco Central Europeo tendrá personalidad jurídica y que «le corresponderá en exclusiva autorizar la emisión del euro».

Referencia: Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (versión consolidada, DOUE C 202 de 7.6.2016), art. 282.3.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Unión Europea», dentro del tema «Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea - SEXTA PARTE - TÍTULO I - Disposiciones institucionales / CAPÍTULO 1 - Las instituciones / Sección sexta - El Banco Central Europeo». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (versión consolidada, DOUE C 202 de 7.6.2016), art. 282.3. Es la pregunta 3 de 6 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «Al Banco Central Europeo.».

Materia
Unión Europea
Artículo o apartado
TFUE - Artículo 282 - Banco Central Europeo
Normativa
Normativa Unión Europea
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 3 de 6
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