Según el artículo 25.7, ¿dónde debe dejarse constancia de la adscripción y desadscripción de los bienes?
- AEn el Registro de la Propiedad y en el Catastro Inmobiliario.
- BEn la Plataforma de Publicidad Patrimonial de la Junta.
- CEn el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
- En el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 25.7 establece que «de la adscripción y desadscripción de los bienes y derechos se dejará oportuna constancia en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía», igual que ocurre con la afectación, la desafectación y la mutación.
Referencia: Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, art. 25.7.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía», dentro del tema «Título I - De los bienes y derechos de la comunidad autónoma / Capítulo V - Adscripción y desadscripción». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 25 de Ley 7/2025. Es la pregunta 20 de 20 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «En el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
- Artículo o apartado
- Artículo 25 - Adscripción
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 20 de 20
- Última revisión
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