Reglamento del Parlamento de AndalucíaDificultad: BásicaTemario

Según el artículo 20.1 del Reglamento, ¿cuántos Diputados como mínimo pueden constituirse en Grupo parlamentario?

  1. ATres Diputados, como umbral mínimo para formar Grupo parlamentario en la Cámara.
  2. BDiez Diputados, cifra exigida para constituir cualquier Grupo parlamentario propio.
  3. CUna décima parte de los miembros del Parlamento de Andalucía como mínimo.
  4. Cinco Diputados, según el umbral mínimo fijado expresamente en el Reglamento.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 20.1 permite constituirse en Grupo a los Diputados en número no inferior a cinco. Ni tres, ni diez, ni la décima parte de la Cámara son el umbral de este precepto.

Referencia: Reglamento del Parlamento de Andalucía, art. 20

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