Reglamento del Parlamento de AndalucíaDificultad: BásicaTemario
Según el artículo 20.1 del Reglamento, ¿cuántos Diputados como mínimo pueden constituirse en Grupo parlamentario?
- ATres Diputados, como umbral mínimo para formar Grupo parlamentario en la Cámara.
- BDiez Diputados, cifra exigida para constituir cualquier Grupo parlamentario propio.
- CUna décima parte de los miembros del Parlamento de Andalucía como mínimo.
- Cinco Diputados, según el umbral mínimo fijado expresamente en el Reglamento.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 20.1 permite constituirse en Grupo a los Diputados en número no inferior a cinco. Ni tres, ni diez, ni la décima parte de la Cámara son el umbral de este precepto.
Referencia: Reglamento del Parlamento de Andalucía, art. 20
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