Reglamento del Parlamento de AndalucíaDificultad: BásicaTemario
Según el artículo 180.4 del Reglamento, si fuera precisa la sustitución de alguno de los Senadores, el sustituto será propuesto por:
- El mismo Grupo parlamentario al que corresponda la vacante que se pretende cubrir.Respuesta correcta
- BLa Mesa del Parlamento, oída la Junta de Portavoces.
- CEl partido político estatal correspondiente, sin intervención del Grupo.
- DEl Pleno, mediante votación secreta entre candidatos de todos los Grupos.
Explicación
El artículo 180.4 atribuye la propuesta de sustituto al mismo Grupo al que corresponda la vacante.
Referencia: Reglamento del Parlamento de Andalucía, art. 180
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