Reglamento del Parlamento de AndalucíaDificultad: BásicaTemario

Según el artículo 180.4 del Reglamento, si fuera precisa la sustitución de alguno de los Senadores, el sustituto será propuesto por:

  1. El mismo Grupo parlamentario al que corresponda la vacante que se pretende cubrir.Respuesta correcta
  2. BLa Mesa del Parlamento, oída la Junta de Portavoces.
  3. CEl partido político estatal correspondiente, sin intervención del Grupo.
  4. DEl Pleno, mediante votación secreta entre candidatos de todos los Grupos.

Explicación

El artículo 180.4 atribuye la propuesta de sustituto al mismo Grupo al que corresponda la vacante.

Referencia: Reglamento del Parlamento de Andalucía, art. 180

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