Según el artículo 17.3 de la Orden de 19 de febrero de 2015, el importe reflejado en cada documento contable de una fase de ejecución del gasto:

  1. APodrá superar el de la fase anterior si se expide un documento complementario del mismo tipo.
  2. BDeberá coincidir exactamente con el consignado en el documento de la fase anterior.
  3. CPodrá ser superior al de la fase anterior hasta un diez por ciento del crédito retenido.
  4. No podrá ser superior al consignado en los documentos de las fases anteriores de los que deriva.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 17.3 establece que el importe de cada documento «no podrá ser superior al consignado en los documentos correspondientes a fases anteriores de los que deriva», en coherencia con el descuento sucesivo de saldos del artículo 17.2. Los documentos complementarios ajustan el importe de un documento del mismo tipo (art. 18.1), pero no permiten saltarse ese límite; la orden no exige coincidencia exacta ni fija márgenes porcentuales.

Referencia: Orden de 19 de febrero de 2015, por la que se regula la contabilidad pública de la Junta de Andalucía, art. 17.3.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Hacienda / Financiero», dentro del tema «Capítulo III - Contabilidad presupuestaria de gastos». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: Orden de 19 de febrero de 2015, por la que se regula la contabilidad pública de la Junta de Andalucía, art. 17.3. Es la pregunta 38 de 70 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «No podrá ser superior al consignado en los documentos de las fases anteriores de los que deriva.».

Materia
Hacienda / Financiero
Artículo o apartado
Artículo 17 - Emisión de los documentos contables de la ejecución del presupuesto de gastos
Normativa
Orden de 19 de febrero de 2015, por la que se regula la contabilidad pública de la Junta de Andalucía
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 38 de 70
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