Reglamento del Parlamento de AndalucíaDificultad: MediaTemario

Según el artículo 16.4 del Reglamento, ¿antes de qué fecha deben presentar los Diputados las autoliquidaciones tributarias del último ejercicio declarado?

  1. AAntes del 1 de marzo de cada año natural, ante la Mesa del Parlamento.
  2. Antes del 1 de agosto de cada año natural, en la Secretaría General de la Cámara.Respuesta correcta
  3. CAntes del 31 de diciembre, ante la Comisión del Estatuto de los Diputados.
  4. DAntes del 1 de febrero, en el Registro General del Parlamento de Andalucía.

Explicación

El artículo 16.4 obliga a presentar antes del 1 de agosto de cada año natural, en la Secretaría General, las autoliquidaciones del IRPF y, en su caso, del Impuesto sobre el Patrimonio. Las fechas de 1 de marzo, 31 de diciembre o 1 de febrero no son las del precepto.

Referencia: Reglamento del Parlamento de Andalucía, art. 16

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