Ley de Régimen Jurídico del Sector PúblicoDificultad: BásicaTemario

Según el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015, cuando la encomienda de gestión se realice entre órganos o Entidades de la misma Administración, el instrumento de formalización y su resolución deberán publicarse, para su eficacia, en:

  1. ALa sede electrónica del órgano encomendado, sin necesidad de publicación en boletín oficial alguno.
  2. El boletín oficial del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Provincia, según la Administración del encomendante.Respuesta correcta
  3. CEl boletín oficial de la Administración del órgano encomendado, cualquiera que sea la del encomendante.
  4. DEl Boletín Oficial del Estado, cualquiera que sea la Administración a la que pertenezca el encomendante.

Explicación

El artículo 11.3.a) exige que el instrumento de formalización de la encomienda entre órganos o Entidades de una misma Administración se publique en el Boletín Oficial del Estado, en el de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia, según la Administración a que pertenezca el órgano encomendante. No basta la sede electrónica, y el boletín no depende de la Administración del encomendado.

Referencia: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, artículo 11.3.

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