Según el apartado 7.6, ¿cuándo puede solicitarse compensación económica por vacaciones devengadas y no disfrutadas?

  1. Al concluir la relación de servicios por causas ajenas a la voluntad.Respuesta correcta
  2. BSiempre que la persona renuncie voluntariamente a su disfrute.
  3. CCuando las necesidades del servicio impidan disfrutarlas en el año.
  4. DAl pasar a la situación de excedencia voluntaria por interés particular.

Explicación

El apartado 7.6 reconoce el derecho a solicitar compensación «en los casos de conclusión de la relación de servicios del personal por causas ajenas a su voluntad».

Referencia: Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, apartado 7.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Apartado 7 - Vacaciones». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, apartado 7. Es la pregunta 8 de 8 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «Al concluir la relación de servicios por causas ajenas a la voluntad.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Apartado 7 - Vacaciones
Normativa
Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 8 de 8
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