Respecto de los documentos privados catalogados no custodiados en archivos públicos, el artículo 66.2.c) exige que la denegación del acceso:

  1. Se formule por escrito motivadamente para que el interesado pueda comunicarlo a la consejería.Respuesta correcta
  2. BSea autorizada previamente por la delegación provincial de la consejería competente.
  3. CSe publique en el tablón de anuncios del ayuntamiento del lugar del archivo.
  4. DSe comunique en el plazo de diez días al Consejo de Transparencia de Andalucía.

Explicación

El artículo 66.2.c) dispone que la denegación del acceso tendrá que formularse por escrito motivadamente para que la persona interesada pueda comunicar esta circunstancia a la consejería, que podrá adoptar las medidas previstas en la ley.

Referencia: Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía, art. 66.2.c.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Archivos», dentro del tema «Título IV - El acceso». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 66 de Ley 7/2011. Es la pregunta 8 de 8 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «Se formule por escrito motivadamente para que el interesado pueda comunicarlo a la consejería.».

Materia
Archivos
Artículo o apartado
Artículo 66 - Acceso a documentos privados no custodiados en archivos públicos
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 8 de 8
Última revisión

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