¿Quién puede presentar al Consejo proyectos de revisión de los Tratados según el artículo 48.2 del TUE?

  1. El Gobierno de cualquier Estado miembro, el Parlamento Europeo o la Comisión.Respuesta correcta
  2. BSolo la Comisión, previa consulta al Parlamento Europeo.
  3. CEl Consejo Europeo o un tercio de los Parlamentos nacionales.
  4. DUn millón de ciudadanos o el Gobierno de cualquier Estado miembro.

Explicación

El artículo 48.2 TUE dispone que «el Gobierno de cualquier Estado miembro, el Parlamento Europeo o la Comisión podrán presentar al Consejo proyectos de revisión de los Tratados».

Referencia: Tratado de la Unión Europea (versión consolidada, DOUE C 202 de 7.6.2016), art. 48.2.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Unión Europea», dentro del tema «Tratado de la Unión Europea - TÍTULO VI - Disposiciones finales». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: Tratado de la Unión Europea (versión consolidada, DOUE C 202 de 7.6.2016), art. 48.2. Es la pregunta 2 de 8 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «El Gobierno de cualquier Estado miembro, el Parlamento Europeo o la Comisión.».

Materia
Unión Europea
Artículo o apartado
TUE - Artículo 48 - Revisión de los Tratados
Normativa
Normativa Unión Europea
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 2 de 8
Última revisión

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