¿Qué órgano puede crear centrales de contratación en las Corporaciones Locales según el artículo 228.2 de la Ley 9/2017?
- AEl Alcalde.
- BLa Junta de Gobierno Local.
- El Pleno.Respuesta correcta
- DLa Diputación Provincial.
Explicación
El artículo 228.2 dispone que en el ámbito de la Administración Local las Corporaciones Locales podrán crear centrales de contratación por acuerdo del Pleno.
Referencia: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, art. 228.2.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «LIBRO SEGUNDO - De los contratos de las Administraciones Públicas / TÍTULO I - Disposiciones generales / CAPÍTULO II - Racionalización técnica de la contratación / Sección 4.ª Centrales de contratación / Subsección 1.ª Normas generales». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 228 de Ley 9/2017. Es la pregunta 2 de 2 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «El Pleno.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Contratos
- Artículo o apartado
- Artículo 228 - Creación de centrales de contratación por las Comunidades Autónomas y Entidades Locales
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 2 de 2
- Última revisión
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