¿Qué eficacia temporal atribuye a la inscripción el artículo 22.5 del Decreto 39/2011?

  1. ACinco años, renovables a solicitud de la empresa con un mes de antelación.
  2. BUn año, debiendo actualizarse anualmente la totalidad de los datos inscritos.
  3. Indefinida, sin perjuicio de modificaciones, suspensión o pérdida de vigencia de los datos.Respuesta correcta
  4. DTres años, transcurridos los cuales la inscripción se cancela de oficio.

Explicación

El artículo 22.5 del Decreto 39/2011 dispone que la inscripción tendrá eficacia indefinida, sin perjuicio de las modificaciones, suspensión o pérdida de vigencia de los datos inscritos.

Referencia: Decreto 39/2011, de 22 de febrero, art. 22.5.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «Capítulo III - Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía / Sección 3.ª Inscripciones voluntarias». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 22 de Decreto 39/2011. Es la pregunta 12 de 12 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «Indefinida, sin perjuicio de modificaciones, suspensión o pérdida de vigencia de los datos.».

Materia
Contratos
Artículo o apartado
Artículo 22 - Efectos de la inscripción voluntaria
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 12 de 12
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