¿Qué duración máxima tiene el secuestro o intervención de la concesión según el artículo 263.3 de la Ley 9/2017?

  1. ADos años, prorrogables por otro año más.
  2. BUn año, sin posibilidad de prórroga.
  3. Tres años, incluidas las posibles prórrogas.Respuesta correcta
  4. DCinco años, incluidas las posibles prórrogas.

Explicación

El artículo 263.3 establece que el secuestro o intervención tendrá carácter temporal y su duración no podrá exceder, incluidas las posibles prórrogas, de tres años.

Referencia: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, art. 263.3.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «LIBRO SEGUNDO - De los contratos de las Administraciones Públicas / TÍTULO II - De los distintos tipos de contratos de las Administraciones Públicas / CAPÍTULO II - Del contrato de concesión de obras / Sección 4.ª Derechos y obligaciones del concesionario y prerrogativas de la Administración concedente / Subsección 2.ª Prerrogativas y derechos de la Administración». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 263 de Ley 9/2017. Es la pregunta 1 de 2 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «Tres años, incluidas las posibles prórrogas.».

Materia
Contratos
Artículo o apartado
Artículo 263 - Secuestro o intervención de la concesión
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 1 de 2
Última revisión

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