¿Qué duración máxima tiene el secuestro o intervención de la concesión según el artículo 263.3 de la Ley 9/2017?
- ADos años, prorrogables por otro año más.
- BUn año, sin posibilidad de prórroga.
- Tres años, incluidas las posibles prórrogas.Respuesta correcta
- DCinco años, incluidas las posibles prórrogas.
Explicación
El artículo 263.3 establece que el secuestro o intervención tendrá carácter temporal y su duración no podrá exceder, incluidas las posibles prórrogas, de tres años.
Referencia: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, art. 263.3.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «LIBRO SEGUNDO - De los contratos de las Administraciones Públicas / TÍTULO II - De los distintos tipos de contratos de las Administraciones Públicas / CAPÍTULO II - Del contrato de concesión de obras / Sección 4.ª Derechos y obligaciones del concesionario y prerrogativas de la Administración concedente / Subsección 2.ª Prerrogativas y derechos de la Administración». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 263 de Ley 9/2017. Es la pregunta 1 de 2 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «Tres años, incluidas las posibles prórrogas.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Contratos
- Artículo o apartado
- Artículo 263 - Secuestro o intervención de la concesión
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 1 de 2
- Última revisión
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