Oposiciones Administrativo y Auxiliar Administrativo de la Junta de AndalucíaLey de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de AndalucíaDificultad: MediaTemario

¿Qué debe hacerse constar en el pliego para disponer de un bien litigioso de la Junta, según el artículo 106.1?

  1. ALa suspensión del procedimiento patrimonial hasta que recaiga sentencia firme en el pleito.
  2. BEl compromiso de la Junta de indemnizar al adjudicatario si pierde el pleito.
  3. El objeto, las partes y la referencia del pleito y la asunción por el adjudicatario de sus riesgos.Respuesta correcta
  4. DEl informe favorable del Gabinete Jurídico sobre las posibilidades de éxito del pleito.

Explicación

El artículo 106.1 permite disponer de bienes litigiosos si en el pliego o proyecto de contrato se menciona expresamente esa circunstancia, con indicación, al menos, del objeto, las partes y la referencia del pleito, y la plena asunción por el adjudicatario de los riesgos y consecuencias del litigio.

Referencia: Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, art. 106.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía», dentro del tema «Título IV - Negocios jurídicos patrimoniales / Capítulo III - Negocios jurídicos de disposición». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 106 de Ley 7/2025. Es la pregunta 7 de 51 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción C: «El objeto, las partes y la referencia del pleito y la asunción por el adjudicatario de sus riesgos.».

Materia
Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Artículo o apartado
Artículo 106 - Bienes y derechos litigiosos
Dificultad
Media
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 7 de 51
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