Junta de AndalucíaAdministración ElectrónicaDificultad: BásicaTemario

¿Qué circunstancia determina que un procedimiento deje de figurar en el inventario de procedimientos y servicios de la Junta (art. 10.6 del Decreto 622/2019)?

  1. ACuando transcurra un año sin haberse tramitado ningún expediente del mismo.
  2. BCuando así lo acuerde la Comisión Interdepartamental a propuesta de la Consejería.
  3. CCuando se produzca una reestructuración de la Consejería que lo gestiona.
  4. Cuando se derogue la disposición o quede sin efecto el acto que lo creó.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 10.6 prevé la baja «cuando se derogue la disposición o quede sin efecto el acto que lo creó». La falta de uso o un acuerdo de la Comisión Interdepartamental no son causas de baja, y en las reestructuraciones de Consejerías solo se actualizan de oficio los datos de los órganos (art. 10.7).

Referencia: Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, art. 10.6.

Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Administración Electrónica», dentro del tema «Capítulo II - Simplificación administrativa». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 10 de Decreto 622/2019. Es la pregunta 38 de 67 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «Cuando se derogue la disposición o quede sin efecto el acto que lo creó.».

Materia
Administración Electrónica
Artículo o apartado
Artículo 10 - Registro de Procedimientos y Servicios
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 38 de 67
Última revisión

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