¿Qué características atribuye el artículo 158.5 al Inventario General de Bienes y Derechos?
- Público, electrónico y georreferenciado.Respuesta correcta
- BReservado, electrónico y descentralizado.
- CPúblico, en papel y de acceso restringido.
- DSecreto, centralizado y no interoperable.
Explicación
El artículo 158.5 dispone que el Inventario General «será público, electrónico y georreferenciado», garantizando la interoperabilidad entre inventarios para facilitar el acceso y tratamiento de datos de carácter no personal.
Referencia: Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, art. 158.5.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía», dentro del tema «Título VIII - Protección y defensa del patrimonio / Capítulo II - Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 158 de Ley 7/2025. Es la pregunta 5 de 10 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción A: «Público, electrónico y georreferenciado.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
- Artículo o apartado
- Artículo 158 - Obligación de formar inventario: finalidad y contenido
- Dificultad
- Media
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 5 de 10
- Última revisión
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