¿Qué carácter tiene, salvo inscripciones de oficio, la inscripción de los empresarios en los registros de licitadores según el artículo 342.1 de la Ley 9/2017?

  1. AObligatorio.
  2. Voluntario.Respuesta correcta
  3. CObligatorio para pymes.
  4. DObligatorio en obras.

Explicación

El artículo 342.1 dispone que, sin perjuicio de las inscripciones obligatorias de oficio, la inscripción en los registros de licitadores y empresas clasificadas es voluntaria para los empresarios.

Referencia: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, art. 342.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «LIBRO CUARTO - Organización administrativa para la gestión de la contratación / TÍTULO II - Registros Oficiales / CAPÍTULO I - Registros Oficiales de Licitadores y Empresas Clasificadas». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 342 de Ley 9/2017. Es la pregunta 2 de 2 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «Voluntario.».

Materia
Contratos
Artículo o apartado
Artículo 342 - Voluntariedad de la inscripción
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 2 de 2
Última revisión

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