Mientras se hallen en activo, los Jueces, Magistrados y Fiscales no podrán:

  1. APertenecer a asociaciones profesionales ni ejercer la docencia o la investigación.
  2. BFormar parte de los Jurados y de los Tribunales consuetudinarios y tradicionales.
  3. Desempeñar otros cargos públicos ni pertenecer a partidos políticos o sindicatos.Respuesta correcta
  4. DEjercer el derecho de sufragio activo en las elecciones generales.

Explicación

El artículo 127.1 dispone que los Jueces y Magistrados así como los Fiscales, mientras se hallen en activo, no podrán desempeñar otros cargos públicos, ni pertenecer a partidos políticos o sindicatos.

Referencia: Constitución Española de 1978, artículo 127.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Constitución», dentro del tema «Título VI - Del Poder Judicial». Forma parte de los tests de las oposiciones Personal de Limpieza, Junta de Andalucía y Administración General del Estado. Se basa en el artículo 127 de Constitución Española. Es la pregunta 38 de 40 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «Desempeñar otros cargos públicos ni pertenecer a partidos políticos o sindicatos.».

Artículo o apartado
Artículo 127 - Prohibiciones de Jueces y Fiscales en activo
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 38 de 40
Última revisión

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