La disposición transitoria segunda permite proceder inmediatamente por la vía del artículo 148.2 a los territorios que:
- ATuviesen la condición de territorios forales al aprobarse la Constitución.
- BContasen con más de una Audiencia Territorial en su territorio.
- Hubiesen plebiscitado afirmativamente en el pasado proyectos de Estatuto de autonomía.Respuesta correcta
- DFuesen archipiélagos con órganos interinsulares propios.
Explicación
La disposición transitoria segunda se refiere a los territorios que en el pasado hubiesen plebiscitado afirmativamente proyectos de Estatuto de autonomía y contaran con regímenes provisionales de autonomía.
Referencia: Constitución Española de 1978, disposición transitoria segunda.
¿Crees que la respuesta correcta es otra?
Propón una alternativa y explica por qué. También puedes enviar propuestas sobre las respuestas incorrectas, por ejemplo si crees que alguna de las otras opciones también es válida o que está mal planteada. Nuestro equipo las revisará antes de publicarlas.
Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Constitución», dentro del tema «Disposiciones transitorias». Forma parte de los tests de las oposiciones Personal de Limpieza, Junta de Andalucía y Administración General del Estado. Se basa en la normativa: Constitución Española. Es la pregunta 1 de 4 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «Hubiesen plebiscitado afirmativamente en el pasado proyectos de Estatuto de autonomía.».
- Materia
- Constitución
- Artículo o apartado
- Disposición transitoria segunda - Territorios con Estatuto plebiscitado
- Normativa
- Constitución Española de 1978
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 1 de 4
- Última revisión
Practica esta y miles de preguntas
Crea tu cuenta para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.
Crear mi cuentaMás preguntas de este tema
- Para la incorporación de Navarra al Consejo General Vasco o al régimen autonómico vasco, la iniciativa corresponde a:
- Las ciudades de Ceuta y Melilla podrán constituirse en Comunidades Autónomas si lo deciden sus Ayuntamientos por mayoría absoluta y lo autorizan las Cortes Generales mediante:
- Los organismos provisionales autonómicos se consideran disueltos si no hubieran ejercido el derecho de la disposición transitoria primera en el plazo de: