La anotación de las prohibiciones de contratar declaradas por la Junta o los entes locales andaluces se practica, según el artículo 15.1 del Decreto 39/2011:
- AA instancia de la empresa afectada, en el plazo de un mes desde la firmeza.
- BPor el propio órgano de contratación que tramitó el expediente afectado.
- CA propuesta de la mesa de contratación que detectó la causa de prohibición.
- De oficio por la Dirección General competente en materia de Patrimonio.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 15.1 del Decreto 39/2011 dispone que esas prohibiciones de contratar se inscribirán de oficio por la Dirección General competente en materia de Patrimonio.
Referencia: Decreto 39/2011, de 22 de febrero, art. 15.1.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «Capítulo III - Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía / Sección 2.ª Inscripciones obligatorias». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 15 de Decreto 39/2011. Es la pregunta 1 de 3 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «De oficio por la Dirección General competente en materia de Patrimonio.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Contratos
- Artículo o apartado
- Artículo 15 - Práctica de la inscripción de las prohibiciones de contratar
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 1 de 3
- Última revisión
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