La anotación de las prohibiciones de contratar declaradas por la Junta o los entes locales andaluces se practica, según el artículo 15.1 del Decreto 39/2011:

  1. AA instancia de la empresa afectada, en el plazo de un mes desde la firmeza.
  2. BPor el propio órgano de contratación que tramitó el expediente afectado.
  3. CA propuesta de la mesa de contratación que detectó la causa de prohibición.
  4. De oficio por la Dirección General competente en materia de Patrimonio.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 15.1 del Decreto 39/2011 dispone que esas prohibiciones de contratar se inscribirán de oficio por la Dirección General competente en materia de Patrimonio.

Referencia: Decreto 39/2011, de 22 de febrero, art. 15.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «Capítulo III - Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía / Sección 2.ª Inscripciones obligatorias». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 15 de Decreto 39/2011. Es la pregunta 1 de 3 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «De oficio por la Dirección General competente en materia de Patrimonio.».

Materia
Contratos
Artículo o apartado
Artículo 15 - Práctica de la inscripción de las prohibiciones de contratar
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 1 de 3
Última revisión

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