¿En qué consiste el mecanismo de cancelación de pagos del artículo 76 bis.1?
- La Tesorería General paga directamente a los acreedores de los entes instrumentales con cargo a obligaciones pendientes a favor de esos entes.Respuesta correcta
- BLa Tesorería General anula las obligaciones de los entes instrumentales que lleven más de cuatro años pendientes de pago.
- CLos entes instrumentales cancelan sus deudas con la Junta compensándolas con los ingresos que obtengan de terceros.
- DLa Tesorería General concede anticipos a los entes instrumentales para que paguen a sus acreedores en plazo.
Explicación
El artículo 76 bis.1 permite a la Tesorería General «cancelar obligaciones pendientes de pago de las agencias y demás entes instrumentales» con sus acreedores, «realizando directamente el pago a estos últimos con cargo a obligaciones que se encuentren pendientes de pago en la Tesorería a favor de dichos entes». Su finalidad es garantizar el cumplimiento de la normativa estatal de estabilidad presupuestaria.
Referencia: Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, art. 76 bis.1.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Hacienda / Financiero», dentro del tema «Título IV - De la Tesorería y de los avales / Capítulo I - De la Tesorería». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 76 de Decreto Legislativo 1/2010. Es la pregunta 18 de 22 que tenemos sobre este tema y su dificultad es avanzada. La respuesta correcta es la opción A: «La Tesorería General paga directamente a los acreedores de los entes instrumentales con cargo a obligaciones pendientes a favor de esos entes.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Hacienda / Financiero
- Artículo o apartado
- Artículo 76 bis - Cancelación de pagos en la Tesorería General de la Junta de Andalucía
- Dificultad
- Avanzada
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 18 de 22
- Última revisión
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