¿En qué consiste el mecanismo de cancelación de pagos del artículo 76 bis.1?

  1. La Tesorería General paga directamente a los acreedores de los entes instrumentales con cargo a obligaciones pendientes a favor de esos entes.Respuesta correcta
  2. BLa Tesorería General anula las obligaciones de los entes instrumentales que lleven más de cuatro años pendientes de pago.
  3. CLos entes instrumentales cancelan sus deudas con la Junta compensándolas con los ingresos que obtengan de terceros.
  4. DLa Tesorería General concede anticipos a los entes instrumentales para que paguen a sus acreedores en plazo.

Explicación

El artículo 76 bis.1 permite a la Tesorería General «cancelar obligaciones pendientes de pago de las agencias y demás entes instrumentales» con sus acreedores, «realizando directamente el pago a estos últimos con cargo a obligaciones que se encuentren pendientes de pago en la Tesorería a favor de dichos entes». Su finalidad es garantizar el cumplimiento de la normativa estatal de estabilidad presupuestaria.

Referencia: Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, art. 76 bis.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Hacienda / Financiero», dentro del tema «Título IV - De la Tesorería y de los avales / Capítulo I - De la Tesorería». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 76 de Decreto Legislativo 1/2010. Es la pregunta 18 de 22 que tenemos sobre este tema y su dificultad es avanzada. La respuesta correcta es la opción A: «La Tesorería General paga directamente a los acreedores de los entes instrumentales con cargo a obligaciones pendientes a favor de esos entes.».

Materia
Hacienda / Financiero
Artículo o apartado
Artículo 76 bis - Cancelación de pagos en la Tesorería General de la Junta de Andalucía
Dificultad
Avanzada
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 18 de 22
Última revisión

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