¿En qué caso no tendrá derecho a compensación el funcionario interino, según la disposición adicional decimoséptima.4 del TREBEP?

  1. ACuando haya superado un proceso selectivo.
  2. Cuando el cese se deba a renuncia voluntaria.Respuesta correcta
  3. CCuando el nombramiento dure menos de un año.
  4. DCuando la plaza se amortice por ley.

Explicación

La disposición adicional decimoséptima.4 excluye la compensación cuando la finalización de la relación sea «por causas disciplinarias ni por renuncia voluntaria».

Referencia: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, disposición adicional decimoséptima.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Disposiciones adicionales». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en la normativa: Real Decreto Legislativo 5/2015. Es la pregunta 25 de 119 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «Cuando el cese se deba a renuncia voluntaria.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Disposición adicional decimoséptima - Medidas dirigidas al control de la temporalidad en el empleo público
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 25 de 119
Última revisión

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