En los municipios de gran población, ¿quién ejerce las competencias de órgano de contratación según la disposición adicional segunda de la Ley 9/2017?

  1. AEl Pleno, cuando el valor estimado supere seis millones de euros.
  2. La Junta de Gobierno Local, cualquiera que sea el importe o la duración.Respuesta correcta
  3. CEl Alcalde, salvo que el contrato supere los umbrales armonizados.
  4. DEl Concejal delegado del área a la que afecte el contrato.

Explicación

El apartado 4 de la disposición adicional segunda dispone que en los municipios de gran población las competencias del órgano de contratación se ejercerán por la Junta de Gobierno Local, cualquiera que sea el importe del contrato o su duración.

Referencia: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, disposición adicional segunda, apartado DA2.4.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «Disposiciones adicionales». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en la normativa: Ley 9/2017. Es la pregunta 2 de 5 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «La Junta de Gobierno Local, cualquiera que sea el importe o la duración.».

Materia
Contratos
Artículo o apartado
Disposición adicional segunda - Competencias en materia de contratación en las Entidades Locales
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 2 de 5
Última revisión

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