En las subvenciones de justificación previa, ¿desde cuándo se computa el plazo de prescripción del reintegro, según el artículo 125.3?

  1. ADesde la fecha de la resolución de concesión de la subvención.
  2. Desde la fecha en que se materializa el pago de la subvención.Respuesta correcta
  3. CDesde la fecha en que finaliza el plazo de justificación.
  4. DDesde la fecha de publicación de la convocatoria en el BOJA.

Explicación

El artículo 125.3 remite al artículo 39 de la Ley 38/2003 y añade que, «en los supuestos de subvenciones de justificación previa, el plazo de prescripción se computará desde la fecha en la que se materialice el pago de la subvención».

Referencia: Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, art. 125.3.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Hacienda / Financiero», dentro del tema «Título VII - De las subvenciones». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 125 de Decreto Legislativo 1/2010. Es la pregunta 65 de 73 que tenemos sobre este tema y su dificultad es avanzada. La respuesta correcta es la opción B: «Desde la fecha en que se materializa el pago de la subvención.».

Materia
Hacienda / Financiero
Artículo o apartado
Artículo 125 - Reintegro
Dificultad
Avanzada
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 65 de 73
Última revisión

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