En defecto de previsión en los pliegos, ¿cuál es el último criterio de desempate según el artículo 147.2 de la Ley 9/2017?

  1. AEl menor precio ofertado.
  2. BEl mayor porcentaje de mujeres en plantilla.
  3. CLa fecha de presentación de la oferta.
  4. El sorteo.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 147.2 enumera por orden los criterios sociales de desempate y establece en su letra d) el sorteo, en caso de que los anteriores criterios no hubieran dado lugar a desempate.

Referencia: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, art. 147.2.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «LIBRO SEGUNDO - De los contratos de las Administraciones Públicas / TÍTULO I - Disposiciones generales / CAPÍTULO I - De las actuaciones relativas a la contratación de las Administraciones Públicas / Sección 2.ª De la adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas / Subsección 1.ª Normas generales». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 147 de Ley 9/2017. Es la pregunta 17 de 20 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «El sorteo.».

Materia
Contratos
Artículo o apartado
Artículo 147 - Criterios de desempate
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 17 de 20
Última revisión

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