¿En cuál de los siguientes cauces puede reconocerse el derecho a la devolución de ingresos de Derecho Público no tributarios, según el artículo 33?
- AEn el procedimiento de reintegro de pagos indebidos.
- BEn el procedimiento de incautación de garantías.
- En un procedimiento de revisión de oficio.Respuesta correcta
- DEn el procedimiento de cancelación de obligaciones.
Explicación
El artículo 33 prevé el reconocimiento en el procedimiento del capítulo III del título III, «b) En un procedimiento de revisión de oficio», en virtud de recurso, reclamación o resolución judicial, o por cualquier otro procedimiento legal. El reintegro de pagos indebidos opera en sentido inverso: recupera lo pagado por la Administración.
Referencia: Decreto 197/2021, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y de la gestión recaudatoria, art. 33 del Reglamento.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Hacienda / Financiero», dentro del tema «Título III - Procedimiento de Devolución de Ingresos». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 33 de Decreto 197/2021. Es la pregunta 3 de 15 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «En un procedimiento de revisión de oficio.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Hacienda / Financiero
- Artículo o apartado
- Artículo 33 - Supuestos de devolución
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 3 de 15
- Última revisión
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