¿En cuál de los siguientes casos puede concederse un anticipo de tesorería según el artículo 44.1?

  1. Cuando, iniciado el expediente de crédito extraordinario o suplemento, haya informado favorablemente la persona titular de Hacienda.Respuesta correcta
  2. BCuando una Consejería acredite una insuficiencia de crédito ampliable para atender sus gastos de personal.
  3. CCuando la Junta necesite cubrir desfases transitorios de tesorería entre sus cobros y sus pagos.
  4. DCuando se haya declarado la no disponibilidad de otros créditos del Presupuesto en la misma cuantía.

Explicación

El artículo 44.1 prevé dos supuestos: que, «una vez iniciada la tramitación de los expedientes de créditos extraordinarios o de suplementos de créditos, hubiera emitido informe favorable la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda», o que se hubiera aprobado una ley que imponga obligaciones que exijan esos créditos. Los desfases de tesorería se cubren con operaciones de endeudamiento a corto plazo, y la no disponibilidad da lugar a generaciones de crédito (art. 46.3.j).

Referencia: Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, art. 44.1.

¿Crees que la respuesta correcta es otra?

Propón una alternativa y explica por qué. También puedes enviar propuestas sobre las respuestas incorrectas, por ejemplo si crees que alguna de las otras opciones también es válida o que está mal planteada. Nuestro equipo las revisará antes de publicarlas.

¿Te ha sido útil?

Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Hacienda / Financiero», dentro del tema «Título II - Del Presupuesto / Capítulo II - Los créditos y sus modificaciones». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 44 de Decreto Legislativo 1/2010. Es la pregunta 46 de 89 que tenemos sobre este tema y su dificultad es avanzada. La respuesta correcta es la opción A: «Cuando, iniciado el expediente de crédito extraordinario o suplemento, haya informado favorablemente la persona titular de Hacienda.».

Materia
Hacienda / Financiero
Artículo o apartado
Artículo 44 - Anticipos de tesorería
Dificultad
Avanzada
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 46 de 89
Última revisión

Practica esta y miles de preguntas

Crea tu cuenta para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.

Crear mi cuenta

Más preguntas sobre el artículo 44

Más preguntas de este tema