En caso de fusión de empresas en la que participe la sociedad contratista, ¿qué ocurre con el contrato vigente según el artículo 98.1 de la Ley 9/2017?

  1. Continúa con la entidad absorbente o resultante, que queda subrogada en sus derechos y obligaciones.Respuesta correcta
  2. BSe resuelve de pleno derecho, con devolución de la garantía definitiva constituida.
  3. CSe suspende hasta que el órgano de contratación autorice expresamente la sucesión.
  4. DSe cede a la entidad resultante previa nueva licitación de la parte pendiente.

Explicación

El artículo 98.1 dispone que «continuará el contrato vigente con la entidad absorbente o con la resultante de la fusión, que quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones dimanantes del mismo».

Referencia: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, art. 98.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «LIBRO PRIMERO - Configuración general de la contratación del sector público y elementos estructurales de los contratos / TÍTULO II - Partes en el contrato / CAPÍTULO III - Sucesión en la persona del contratista». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 98 de Ley 9/2017. La respuesta correcta es la opción A: «Continúa con la entidad absorbente o resultante, que queda subrogada en sus derechos y obligaciones.».

Materia
Contratos
Artículo o apartado
Artículo 98 - Supuestos de sucesión del contratista
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Última revisión

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