El traslado de las víctimas de violencia de género previsto en el artículo 82.1 del TREBEP tendrá la consideración de:

  1. Traslado forzoso.Respuesta correcta
  2. BTraslado voluntario.
  3. CComisión de servicios.
  4. DPermuta de destinos.

Explicación

El artículo 82.1 dispone expresamente que «este traslado tendrá la consideración de traslado forzoso».

Referencia: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, art. 82.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título V - Ordenación de la actividad profesional / Capítulo III - Provisión de puestos de trabajo y movilidad». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 82 de Real Decreto Legislativo 5/2015. Es la pregunta 17 de 30 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «Traslado forzoso.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 82 - Movilidad por razón de violencia de género, violencia sexual y violencia terrorista
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 17 de 30
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