El ejercicio del derecho de tanteo por la consejería requiere, según el artículo 20.3, el informe previo de:

  1. La Comisión Andaluza de Patrimonio Documental y Bibliográfico.Respuesta correcta
  2. BLa Comisión Andaluza de Valoración de Documentos.
  3. CEl Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía.
  4. DLa Comisión del Sistema Archivístico de Andalucía.

Explicación

El artículo 20.3 condiciona el ejercicio del tanteo al informe previo de la Comisión Andaluza de Patrimonio Documental y Bibliográfico.

Referencia: Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía, art. 20.3.

¿Crees que la respuesta correcta es otra?

Propón una alternativa y explica por qué. También puedes enviar propuestas sobre las respuestas incorrectas, por ejemplo si crees que alguna de las otras opciones también es válida o que está mal planteada. Nuestro equipo las revisará antes de publicarlas.

¿Te ha sido útil?

Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Archivos», dentro del tema «Título I - Los documentos de titularidad pública y el Patrimonio Documental de Andalucía». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 20 de Ley 7/2011. Es la pregunta 59 de 92 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «La Comisión Andaluza de Patrimonio Documental y Bibliográfico.».

Materia
Archivos
Artículo o apartado
Artículo 20 - Derechos de tanteo y retracto
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 59 de 92
Última revisión

Practica esta y miles de preguntas

Crea tu cuenta para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.

Crear mi cuenta

Más preguntas sobre el artículo 20

Más preguntas de este tema