Estatuto de Autonomía de AndalucíaDificultad: MediaBanco de preguntas

El artículo 43 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece que el ejercicio de las competencias autonómicas tendrá eficacia:

  1. AEn todo el territorio español, salvo las excepciones previstas para los actos de la Junta de Andalucía.
  2. BEn el territorio de Andalucía, sin que pueda producir efectos jurídicos fuera de este ámbito.
  3. CEn todo el territorio de Andalucía y, excepcionalmente, fuera de él cuando así lo determine el Estado.
  4. En el territorio de Andalucía, excepto en los supuestos en que el Estatuto u otras leyes establezcan la eficacia jurídica extraterritorial de las disposiciones y actos de la Junta de Andalucía.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 43.1, relativo al alcance territorial y efectos de las competencias, dispone que el ejercicio de las competencias autonómicas desplegará su eficacia en el territorio de Andalucía. No obstante, existen excepciones cuando el propio Estatuto u otras disposiciones legales del Estado establecen la eficacia jurídica extraterritorial de las disposiciones y actos de la Junta de Andalucía.

Referencia: Art. 43

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