Estatuto de Autonomía de AndalucíaDificultad: MediaBanco de preguntas
El artículo 42 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece que la Comunidad Autónoma de Andalucía asume mediante el Estatuto:
- Competencias exclusivas, compartidas, ejecutivas y en relación con la aplicación del derecho comunitario.Respuesta correcta
- BCompetencias estatales, autonómicas, ejecutivas y delegadas.
- CCompetencias exclusivas, ejecutivas, delegadas y vinculadas a la aplicación del derecho comunitario.
- DCompetencias estatales, autonómicas y relacionadas con la aplicación del derecho comunitario.
Explicación
El artículo 42.2 del Estatuto de Autonomía establece que la Comunidad Autónoma de Andalucía asume, mediante el propio Estatuto, competencias exclusivas, competencias compartidas, competencias ejecutivas y competencias en relación con la aplicación del derecho comunitario. Estas cuatro categorías forman parte de la clasificación de las competencias autonómicas recogida en dicho artículo.
Referencia: Art. 42
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