El artículo 16.1 del TREBEP reconoce a los funcionarios de carrera el derecho a:
- ALa inamovilidad en el puesto de trabajo.
- La promoción profesional.Respuesta correcta
- CEl ascenso automático por antigüedad.
- DLa elección de su destino definitivo.
Explicación
El artículo 16.1 establece que «los funcionarios de carrera tendrán derecho a la promoción profesional».
Referencia: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, art. 16.1.
¿Crees que la respuesta correcta es otra?
Propón una alternativa y explica por qué. También puedes enviar propuestas sobre las respuestas incorrectas, por ejemplo si crees que alguna de las otras opciones también es válida o que está mal planteada. Nuestro equipo las revisará antes de publicarlas.
Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título III - Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos / Capítulo II - Derecho a la carrera profesional y a la promoción interna. La evaluación del desempeño». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 16 de Real Decreto Legislativo 5/2015. Es la pregunta 7 de 20 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «La promoción profesional.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Función Pública
- Artículo o apartado
- Artículo 16 - Concepto, principios y modalidades de la carrera profesional de los funcionarios de carrera
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 7 de 20
- Última revisión
Practica esta y miles de preguntas
Crea tu cuenta para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.
Crear mi cuentaMás preguntas sobre el artículo 16
- Según el artículo 16.2 del TREBEP, la carrera profesional es:
- ¿En qué consiste la carrera horizontal según el artículo 16.3.a) del TREBEP?
- La carrera vertical, según el artículo 16.3.b) del TREBEP, consiste en:
- Según el artículo 16.3.c) del TREBEP, la promoción interna vertical consiste en:
- El acceso a cuerpos o escalas del mismo Subgrupo profesional se denomina, según el artículo 16.3.d) del TREBEP:
- Según el artículo 16.4 del TREBEP, los funcionarios de carrera podrán progresar simultáneamente en las modalidades de carrera: