¿Dónde deben alojarse obligatoriamente los perfiles de contratante de las entidades del sector público estatal según el artículo 347.2 de la Ley 9/2017?

  1. AEn la sede electrónica de cada departamento ministerial.
  2. En la Plataforma de Contratación del Sector Público.Respuesta correcta
  3. CEn el Boletín Oficial del Estado, sección de anuncios.
  4. DEn el portal de transparencia de la Administración General del Estado.

Explicación

El artículo 347.2 dispone que los perfiles de contratante del sector público estatal deberán alojarse de manera obligatoria en la Plataforma de Contratación del Sector Público, gestionándose y difundiéndose a través de la misma.

Referencia: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, art. 347.2.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «LIBRO CUARTO - Organización administrativa para la gestión de la contratación / TÍTULO III - Gestión de la publicidad contractual por medios electrónicos, informáticos y telemáticos». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 347 de Ley 9/2017. La respuesta correcta es la opción B: «En la Plataforma de Contratación del Sector Público.».

Materia
Contratos
Artículo o apartado
Artículo 347 - Plataforma de Contratación del Sector Público
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Última revisión

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