ConstituciónDificultad: MediaTemario

De las siguientes opciones relacionadas con las competencias del Rey, señala cuál NO constituye una atribución prevista en el artículo 62 de la Constitución Española:

  1. ASancionar y promulgar las leyes.
  2. Promover la convocatoria de los referéndums.Respuesta correcta
  3. CConvocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución.
  4. DConvocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los términos previstos en la Constitución.

Explicación

La respuesta correcta es la opción B, ya que es la afirmación incorrecta. El artículo 62 de la Constitución Española atribuye al Rey la facultad de «Convocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución», pero en ningún momento le atribuye la competencia de promover su convocatoria. Las restantes opciones reproducen atribuciones expresamente reconocidas al Rey en el artículo 62.

Referencia: Constitución Española de 1978, artículo 62.

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