De acuerdo con el artículo 4.4 del Decreto 96/2017, ¿qué requiere la utilización de logotipos o símbolos y las adaptaciones no contempladas en el Manual de Diseño Gráfico?
- AInforme favorable de la Secretaría General Técnica de la Consejería que lo promueva.
- BAprobación por Orden de la persona titular de la Consejería competente en la materia.
- CAcuerdo del Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de la Presidencia.
- Autorización previa del Centro Directivo competente en materia de comunicación social.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 4.4 establece que estos usos y adaptaciones «requerirán autorización previa del Centro Directivo competente en materia de comunicación social», y que si conllevan gasto se tramitarán conforme al artículo 7.
Referencia: Decreto 96/2017 de 27 de junio, por el que se regula la coordinación de la estrategia de imagen institucional, art. 4.4.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Relaciones con la ciudadanía», dentro del tema «Capítulo II - De la identidad corporativa de la Administración de la Junta de Andalucía». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 4 de Decreto 96/2017. Es la pregunta 2 de 6 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «Autorización previa del Centro Directivo competente en materia de comunicación social.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Relaciones con la ciudadanía
- Artículo o apartado
- Artículo 4 - Manual de Diseño Gráfico
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 2 de 6
- Última revisión
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