De acuerdo con el artículo 20 del Decreto 204/1995, el derecho a no presentar documentos ya aportados puede ejercerse siempre que no hayan transcurrido más de cuántos años desde la finalización del procedimiento al que corresponden:

  1. ACuatro años.
  2. BDiez años.
  3. CTres años.
  4. Cinco años.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 20 permite ejercer el derecho indicando el órgano, la fecha y el procedimiento, «siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización de éste».

Referencia: Decreto 204/1995 de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, art. 20.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Relaciones con la ciudadanía», dentro del tema «Capítulo IV - Presentación de documentos y obtención de copias». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 20 de Decreto 204/1995. Es la pregunta 3 de 12 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «Cinco años.».

Artículo o apartado
Artículo 20 - Presentación de documentos
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 3 de 12
Última revisión

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