¿Cuándo puede ser requerida por las Intervenciones la documentación justificativa de los actos con repercusión en nómina?
- En cualquier momento, en el ejercicio de sus funciones de control.Respuesta correcta
- BSolo durante los cinco días anteriores al cierre de la nómina.
- CÚnicamente durante el control financiero anual.
- DSolo tras la contabilización de la propuesta de pago.
Explicación
El artículo 20.1 dispone que esa documentación podrá ser requerida por las Intervenciones en cualquier momento en el ejercicio de sus funciones de control.
Referencia: Orden de 12 de diciembre 2005, por la que se regula la nómina general de la Administración de la Junta de Andalucía, art. 20.1.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Capítulo III - Control de los gastos de personal». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: Orden de 12 de diciembre 2005, por la que se regula la nómina general de la Administración de la Junta de Andalucía, art. 20.1. Es la pregunta 11 de 11 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción A: «En cualquier momento, en el ejercicio de sus funciones de control.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Función Pública
- Artículo o apartado
- Artículo 20 - Información y documentación
- Normativa
- Orden de 12 de diciembre 2005, por la que se regula la nómina general de la Administración de la Junta de Andalucía
- Dificultad
- Media
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 11 de 11
- Última revisión
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