Ley de Procedimiento Administrativo ComúnDificultad: MediaTemario

Cuando en materia de procedimiento administrativo la iniciativa normativa establezca trámites adicionales o distintos a los de esta Ley, el artículo 129.4 de la Ley 39/2015 exige que:

  1. Dichos trámites se justifiquen por la singularidad de la materia o por los fines de la propuesta.Respuesta correcta
  2. BDichos trámites se aprueben necesariamente por ley orgánica del Estado.
  3. CDichos trámites se sometan a informe del órgano que tramitó el anteproyecto.
  4. DDichos trámites se limiten a los procedimientos de carácter sancionador.

Explicación

El párrafo segundo del artículo 129.4 (vigente tras la STC 55/2018) exige justificar los trámites adicionales o distintos por la singularidad de la materia o por los fines de la propuesta. No impone ley orgánica, informe del tramitador ni limitación al ámbito sancionador.

Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 129.

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