¿Cuáles son los tres derechos colectivos que el artículo 31.1 del TREBEP reconoce a los empleados públicos para determinar sus condiciones de trabajo?
- Negociación colectiva, representación y participación institucional.Respuesta correcta
- BLibertad sindical, huelga y planteamiento de conflicto colectivo.
- CReunión, asociación profesional y libertad de expresión.
- DNegociación colectiva, huelga y derecho de reunión.
Explicación
El artículo 31.1 reconoce a los empleados públicos el «derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional para la determinación de sus condiciones de trabajo».
Referencia: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, art. 31.1.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título III - Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos / Capítulo IV - Derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional. Derecho de reunión». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 31 de Real Decreto Legislativo 5/2015. Es la pregunta 19 de 100 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción A: «Negociación colectiva, representación y participación institucional.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Función Pública
- Artículo o apartado
- Artículo 31 - Principios generales
- Dificultad
- Media
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 19 de 100
- Última revisión
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