¿Cuál es la duración máxima del procedimiento de inclusión en el Inventario de Bienes Reconocidos y qué efecto tiene su transcurso sin resolución notificada?

  1. ASeis meses desde la incoación; se entiende estimado.
  2. Doce meses desde la incoación; el procedimiento caduca.Respuesta correcta
  3. CDoce meses desde la solicitud; se entiende desestimado.
  4. DDieciocho meses desde la incoación; el procedimiento caduca.

Explicación

El artículo 17.1 fija una duración máxima de doce meses desde la fecha de incoación, transcurridos los cuales sin que se haya dictado y notificado la resolución, el procedimiento habrá caducado.

Referencia: Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía, art. 17.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Archivos», dentro del tema «Título I - Los documentos de titularidad pública y el Patrimonio Documental de Andalucía». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 17 de Ley 7/2011. Es la pregunta 43 de 92 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción B: «Doce meses desde la incoación; el procedimiento caduca.».

Materia
Archivos
Artículo o apartado
Artículo 17 - Procedimiento de inclusión en el Inventario
Dificultad
Media
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 43 de 92
Última revisión

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