¿Cuál de los siguientes supuestos no tiene carácter de subvención según el artículo 2.4 de la Ley 38/2003?

  1. Los beneficios fiscales y los beneficios en la cotización a la Seguridad Social.Respuesta correcta
  2. BLas entregas dinerarias sin contraprestación para fomentar una actividad de interés social.
  3. CLas ayudas concedidas a asociaciones mediante convocatoria en concurrencia competitiva.
  4. DLas ayudas concedidas de forma directa a entidades por razones de interés público.

Explicación

El artículo 2.4.g) declara que no tienen carácter de subvención «los beneficios fiscales y beneficios en la cotización a la Seguridad Social». Los demás supuestos son disposiciones dinerarias que encajan en el concepto del artículo 2.1.

Referencia: Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, art. 2.4.g.

¿Crees que la respuesta correcta es otra?

Propón una alternativa y explica por qué. También puedes enviar propuestas sobre las respuestas incorrectas, por ejemplo si crees que alguna de las otras opciones también es válida o que está mal planteada. Nuestro equipo las revisará antes de publicarlas.

¿Te ha sido útil?

Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Subvenciones», dentro del tema «Título PRELIMINAR - Disposiciones generales / Capítulo I - Del ámbito de aplicación de la ley». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 2 de Ley 38/2003. Es la pregunta 7 de 20 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «Los beneficios fiscales y los beneficios en la cotización a la Seguridad Social.».

Materia
Subvenciones
Artículo o apartado
Artículo 2 - Concepto de subvención
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 7 de 20
Última revisión

Practica esta y miles de preguntas

Crea tu cuenta para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.

Crear mi cuenta

Más preguntas sobre el artículo 2

Más preguntas de este tema