¿Cuál de los siguientes es un supuesto de invalidez de los contratos de los poderes adjudicadores según el artículo 38 de la Ley 9/2017?

  1. AQue el contratista incurra en demora en la ejecución.
  2. Que la invalidez derive de la ilegalidad de su clausulado.Respuesta correcta
  3. CQue se modifique el contrato por razones de interés público.
  4. DQue el precio se revise conforme a una fórmula tipo.

Explicación

El artículo 38 enumera como supuestos de invalidez las causas de derecho civil, las de derecho administrativo en actos preparatorios o de adjudicación y aquellos casos «en que la invalidez derive de la ilegalidad de su clausulado».

Referencia: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, art. 38.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «LIBRO PRIMERO - Configuración general de la contratación del sector público y elementos estructurales de los contratos / TÍTULO I - Disposiciones generales sobre la contratación del sector público / CAPÍTULO IV - Régimen de invalidez». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 38 de Ley 9/2017. Es la pregunta 1 de 10 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «Que la invalidez derive de la ilegalidad de su clausulado.».

Materia
Contratos
Artículo o apartado
Artículo 38 - Supuestos de invalidez
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 1 de 10
Última revisión

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