¿Cuál de las siguientes NO es una competencia del Rey prevista en el artículo 62 de la Constitución Española?

  1. ASancionar y promulgar las leyes.
  2. Promover la convocatoria de los referéndums.Respuesta correcta
  3. CConvocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución.
  4. DConvocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los términos previstos en la Constitución.

Explicación

El artículo 62 de la Constitución Española atribuye al Rey la facultad de «Convocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución», pero en ningún momento le atribuye la competencia de promover su convocatoria.

Referencia: Constitución Española de 1978, artículo 62.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Constitución», dentro del tema «Título II - La Corona». Forma parte de los tests de las oposiciones Personal de Limpieza, Junta de Andalucía y Administración General del Estado. Se basa en el artículo 62 de Constitución Española. Es la pregunta 19 de 27 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción B: «Promover la convocatoria de los referéndums.».

Artículo o apartado
Artículo 62 - Atribuciones del Rey
Dificultad
Media
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 19 de 27
Última revisión

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